jueves, 13 de enero de 2011

Diez días más para que los inmigrantes puedan inscribirse en el Censo Electoral


Nylva Hiruelas/ El Ministerio de Economía y Hacienda publicará mañana, viernes, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una orden que ampliará hasta el 25 de enero el plazo de inscripción en el censo electoral para los inmigrantes procedentes de Ecuador, Bolivia, Colombia, Chile, Noruega, Islandia, Paraguay, Perú y Nueva Zelanda y que cumplan con los requisitos establecidos para poder votar en las elecciones municipales que se celebrarán el 22 de mayo. En un principio el plazo vencía el 15 de este mes. Esta decisión se ha tomado después de las numerosas quejas manifestadas por diversas asociaciones de inmigrantes, como es el caso de Fenadee (Federación Nacional de Asociaciones de Ecuatorianos en España), la cual argüía en un manifiesto que el plazo además de insuficiente (desde el 1 de diciembre hasta el 15 de enero), era coincidente con fechas festivas, “que de facto reduce el tiempo de efectiva inscripción”.
Se calcula que unos 350.000 migrantes procedentes de estos países con los que España ha firmado un convenio de reciprocidad (es decir, que los españoles que viven en estos países también podrán participar en los comicios) podrán votar en las elecciones municipales, de los cuales los votantes más numerosos serían los ecuatorianos, pues de los 347.797 regulares, 229.277 cuentan con una tarjeta de residencia de larga duración, seguidos de los colombianos, con 113.738, y peruanos con 113. 738, según datos del Observatorio Permanente de la Inmigración con datos a fecha del 30 de septiembre de 2010. Sin embargo, este proceso de inscripción ha estado acompañado de polémica, como cuenta Susana Pozo, vicepresidenta de la asociación hispano-ecuatoriana Rumiñahui a Tribuna Solidaria, “no se ha difundido mucha información sobre el derecho de voto de los inmigrantes, quienes están difundiendo esta información somos las organizaciones y asociaciones de inmigrantes. Hay mucha gente que no sabe que puede votar o que para ello debe inscribirse”. Pero además, una veintena de asociaciones han denunciado la existencia de obstáculos para la inscripción, como informa enlatino.com
Susana Pozo asegura que muchos ayuntamientos están exigiendo a los migrantes que cuentan con una tarjeta de larga duración (que con esto sería suficiente), acudir a la Comisaría de Policía-pero no cualquiera, sino a unas pocas que lo tramitan- para que les expidan un certificado de residencia, por el cual hay que pagar y esperar un plazo. Fenadee en su manifiesto hablaban de una espera de quince, veinte y hasta veinticinco días hábiles. También denunciaba esta Federación, “la práctica en muchas oficinas municipales de no permitir la entrega de la inscripción censal sin la aportación de la certificación policial,”al igual que consideran injusto la tasa que hay que pagar pues “merma y condiciona el derecho fundamental de sufragio de forma escandalosa”.
¿Por qué extender el derecho a los migrantes extracomunitarios? Susana Pozo, afirma que “una forma de integración es participando activamente”. La Plataforma “Todos iguales. Todos ciudadanos” afirma en un manifiesto publicado por ellos, que se trata de una exigencia democrática, justicia social como contraprestación al hecho de estar sujetos a las mismas normas que sus conciudadanos, y una apuesta por la integración y la cohesión social. Es por ello, que esta Plataforma reclama que este derecho se reconozca para todos los ciudadanos extracomunitarios, y para ello apuestan por una reforma del Art.13.2. de la Constitución Española (CE), por el que se elimine la exigencia de tratados internacionales de reciprocidad pues esta exigencia ”imposibilitaría suscribir tratados con aquellos países que no reconozcan estos derechos a los españoles, bien porque no tienen regimenes democráticos que cumplan los estándares internacionales mínimos o cumpliéndolos no reconozcan estos derechos a los extranjeros”.
Así La Plataforma “Todos iguales. Todos ciudadanos”, reclama el derecho de todos los ciudadanos para poder votar en las elecciones municipales, nacionales y regionales –incluso piden que se impulse una reforma del Tratado de Lisboa para que puedan votar los extracomunitarios en las elecciones al Parlamento europeo, una vez que se les incluya como ciudadanos europeos - , y poder presentarse como candidatos. Es cierto que los comunitarios pueden votar en las elecciones municipales y europeas, pero también tienen vetado el acceso a los comicios autonómicos y nacionales. Al igual que consideran que el requisito de una residencia estable debe ser considerado como un plazo inferior a cinco años.

Para saber más…

Artículo 13.2 Constitución Española (CE)
dice que sólo los españoles podrán votar y presentarse como candidatos en las elecciones, aunque deja abierta la posibilidad de que los extranjeros puedan votar en las elecciones municipales si España alcanza acuerdos de reciprocidad con los países de origen, es decir, que los españoles del país con el que España ha establecido el acuerdo, puedan también votar en las elecciones.

¿Cuáles son los requisitos para poder votar?
-Proceder de Ecuador, Colombia, Bolivia, Chile, Noruega, Paraguay, Perú , Islandia y Nueva Zelanda
-Ser mayor de 18 años
-Estar empadronado. Se votará en el Ayuntamiento en el que se está empadronado.
-Tener el permiso de residencia en España
-5 años de residencia permanente en España (tres años en el caso de Noruega)
-Inscribirse en el Censo Electoral del municipio en el que se está empadronado, dentro del plazo fijado.

¿Qué hay que hacer?
La Oficina del Censo Electoral enviará una comunicación por carta al domicilio de los extranjeros que reúnan todas las condiciones requeridas. Se han enviado dos tipos de comunicaciones:

1.Para los que cumplen todas las condiciones. En este caso, los interesados podrán inscribirse por Internet en la dirección https://sede.ine.gob.es/manifestacionVotoCere/index2.jsp,y accederán con la clave asignada indicada en la comunicación o también podrán cumplimentar la comunicación que reciban y responder por correo postal gratuito en el sobre incluido en la misma y siguiendo las instrucciones de la misiva.

2.Para los que cumplen todas las condiciones, excepto la vigencia de la tarjeta de identidad de extranjero. En este caso el interesado deberá aportar una fotocopia del NIE en vigor o el certificado de residencia expedido por la Comisaría de Policía, junto con la carta firmada. El envío es gratuito.

3.También los interesados pueden presentar las solicitudes de inscripción personalmente en el Ayuntamiento del municipio de residencia. .

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